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Morir con dignidad

El documento de la Conferencia Episcopal Española, de noviembre de 2019, es rico en el significado de "morir con dignidad". Dice así. “Para la mayoría de las personas, “morir con dignidad” significa morir sin dolor u otros síntomas mal controlados; morir a su tiempo natural, sin que se acorte o se prolongue de forma innecesaria la vida; morir rodeado del cariño de la familia y los amigos; morir con la posibilidad de haber sido informado adecuadamente, eligiendo, si se puede, el lugar (hospital o domicilio) y participando en todas las decisiones importantes que le afecten; morir con la ayuda espiritual que precise.

Y, ciertamente, el derecho a ese “morir con dignidad” incluye:

el derecho a no sufrir inútilmente;

el derecho a que se respete la libertad de conciencia;

el derecho a conocer la verdad de su situación;

el derecho a participar en las decisiones acerca de las intervenciones a que se le haya de someter;

el derecho a mantener un diálogo confiado con los médicos, familiares, amigos y personas de los ambientes donde ha desarrollado su vida;

el derecho a que sea respetada su privacidad y la presencia y trato con sus familiares;

el derecho a dejar resueltos los asuntos que considera fundamentales para su vida;

el derecho a recibir asistencia espiritual”.

 

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